PARA LOS QUE NO CREÍAN

PARA LOS QUE NO CREÍAN

La sala de Amnistía e Indulto de la JEP decidió que el carro bomba puesto en 2006 por las Farc en la Escuela de Guerra en medio de un evento de DD.HH.-donde había civiles- es un “ataque válido” según el DIH. Por lo tanto, le otorgó una amnistía a la Mata Hari, condenada a más de 20 años de cárcel por la justicia ordinaria. Desconoció así la JEP la previsión de que los actos de terrorismo están prohibidos por el DIH.

La resolución recoge una serie de vicios que anuncian lo que serán las futuras decisiones. La justicia ordinaria había declarado como víctimas a 32 lesionados, pero la JEP decidió quitarle esa calidad a 14 porque hacían parte de las Fuerzas Armadas. No consideró el hecho de que no estuvieran en combate, y en un acto con público.

La JEP dijo que las Farc aplicaron “principio de precaución”. Según ellos, el carro bomba se ubicó al frente de la “Escuela Superior”, y por eso la onda explosiva fue menor hacia la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nueva Granada. En otras palabras, justificó la cercanía con la universidad. 

Sostiene la JEP que como no se registraron lesiones a civiles y como no hubo muertos, el ataqué fue proporcional. Es obvio que un carro bomba no tiene ni principio de precaución, no era previsible cuántos muertos dejaría, ni tampoco evitar que los hubiera: un carro bomba mata y sino mata es pura suerte. La JEP supone que las Farc planearon el ataqué para no matar a nadie, su intención era darles un susto. Olvida también que causó pánico en toda la ciudad. 

La JEP pidió opinión de dos abogados, Michael Duttwiler y Karla I. Quintan. Se desconocen bajo qué criterios fueron seleccionaron. Las opiniones fueron disímiles. La abogada concluyó que el “carro bomba” equivalía a un “arma trampa” prohibida por sus efectos indiscriminados (art 7, Protocolo sobre Prohibiciones o Restricciones). También concluye de manera tácita que si fue un crimen de guerra dado que el artículo 8.2.b.iv del Estatuto de la CPI lo define como “un ataque a sabiendas de que causará pérdidas o daños incidentales sobre personas y bienes civiles que sean excesivos en comparación con la ventaja militar concreta y directa”. La abogada no fue tenida en cuenta. 

Esta resolución deja ver además, la estrategia de los miembros de las Farc de eludir las responsabilidades. Les echan la culpa a los muertos. Julian Gallo, Senador de las Farc dijo que él solo conocía elementos “generales” de la estrategia militar de las Farc y que el ataque fue planeado por alias “Cristóbal” quien murió en el año 2007. La JEP le creyó, y concluyó que como el autor intelectual estaba muerto no había más información.

Mas aún, hemos denunciado la vinculación de varios magistrados a las Farc. Pedro Julio Mahecha fue abogado de Rodrigo Granda, conocido como el “El Canciller” de las Farc. Jueces seleccionados con el solo propósito de lavarle la cara a las Farc, que en cualquier sistema estarían impedidos de actuar en asuntos que tiene que ver con la organización de sus clientes.

Consultada la MataHari sobre si se arrepentía del hecho, cínicamente dijo que no sería coherente hacerlo. Así vamos: no hay verdad, no hay arrepentimiento, no hay víctimas: solo queda la impunidad como mecanismo para reivindicar las atrocidades de las Farc.

@PalomaValenciaL

Publicado: marzo 6 de 2020

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