Oposición inaudita ejerce la rama judicial

Oposición inaudita ejerce la rama judicial

El gobierno del presidente Iván Duque, tiene de opositor a un actor inédito, la rama judicial. Lo correcto en cualquier democracia moderna es que la oposición sea ejercida por el candidato presidencial vencido en las urnas y por los partidos políticos que no apoyaron o avalaron la candidatura presidencial del candidato ganador; es oportuno recordar que la oposición en Colombia esta reglada por un estatuto que equilibró el esquema gobierno-oposición.

Las últimas decisiones tomadas por magistrados y jueces de la República a través de sentencias prueban que más allá de cumplir con su deber constitucional y legal -como es el de administrar justicia y garantizar derechos- lo que están haciendo es desbaratar el Estado de Derecho, el equilibrio de poderes, para inmiscuirse en temas que le corresponden a la órbita del poder ejecutivo.   

No es coincidencia que la rama judicial tome decisiones consecutivas que evidencian una clara oposición judicial al gobierno central. La privación de la libertad del exsenador, expresidente, y jefe de la bancada congresional del Centro Democrático Álvaro Uribe; la medida cautelar para evitar el crédito estatal para salvar a la empresa Avianca; la prohibición al presidente Duque para referirse al caso judicial que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe; la orden que le prohíbe hacer pronunciamientos públicos en refencia a su Fe; y los más particular: ordenar al Ministro de Justicia y de Defensa a pedir perdón y disculpas sin que se hubiera emitido sentencia, son algunos referentes de sentencias que afectan al gobierno del presidente Iván Duque y el desarrollo de sus políticas públicas.

Pero la cúspide de todo este desbarajuste institucional y judicial es la sentencia STC7641-2020 la cual falla tutela que reclamaba la protección de prerrogativas a la protesta pacífica, participación ciudadana, vida, integridad personal, debido proceso, “no ser sometidos a desaparición forzada”, y a las libertades de expresión, reunión, circulación y movimiento, presuntamente amenazadas por la Policía Nacional.

La sentencia con ponencia del magistrado santandereano Luis Armando Toloza Villabona, no solo juzga, también legisla, administra, y se mete en temas de competencia de las Fuerzas Militares. Esta sentencia la cual tuvo salvamento de voto de dos magistrados de la sala civil de la Corte Suprema donde hacen claridad del desbordamiento de esta, también ha causado revuelo entre exmagistrados, tratadistas y juristas, por su particularidad y alcances.

Para entender rápidamente gravedad de este fallo, recomiendo repasar la clara exposición del exmagistrado de la Corte Constitucional, doctor Carlos Bernal Pulido, emitida en redes sociales, donde alerta que la sentencia referida como “protesta pacífica” es inconstitucional. Lo grave no es solo el contenido de la sentencia o la advertencia del exmagistrado Bernal, sino la selección de ella precisamente cuando el país esta sumergidos en un debate contra la Policía Nacional a través de acciones vandálicas, violentas, y terroristas, gracias a la narrativa construida contra las Fuerzas Militares por parte de sectores de la oposición política liderados por el Senador Gustavo Petro.  

Mala cosa que coincida el fallo de tutela con la alteración del orden público y social, y la criminalización de los integrantes de las fuerzas militares. Mala cosa que la rama judicial siga su politización e interfiera en debates que deben darse en otros escenarios. La sentencia es un grave precedente y clara oposición al del presidente Iván Duque.

@LaureanoTirado

Publicado: septiembre 29 de 2020

Un comentario

Los comentarios están cerrados.