Con Petro, la Teoría de la Imprevisión no aplica

Con Petro, la Teoría de la Imprevisión no aplica

La Teoría de la Imprevisión es una institución jurídica de rancia solera romana, que desde tiempos inmemoriales predica:

Cuando circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles, posteriores a la celebración de un contrato de ejecución sucesiva, periódica o diferida, alteren o agraven la prestación de futuro cumplimiento a cargo de una de las partes, en grado tal que le resulte excesivamente onerosa, podrá ésta pedir su revisión.”

El juez procederá a examinar las circunstancias que hayan alterado las bases del contrato y ordenará, si ello es posible, los reajustes que la equidad indique; en caso contrario, el juez decretará la terminación del contrato. (Artículo 868 del Código de Comercio)

Lo anterior supone, que, para poder invocar esta teoría, es condición infaltable y decisiva, que las circunstancias sobrevinientes sean imprevistas o imprevisibles, y, en consecuencia, de conocerse previamente la posible ocurrencia de una circunstancia previsible, la teoría no aplica y el contratante afectado no puede alegarla para aliviar el cumplimiento de sus obligaciones o pretender la terminación del contrato.

Siendo una circunstancia remotamente probable pero previsible, que el señor Gustavo Petro llegue al poder, y de lograrlo, es claro que nadie podrá invocar la aplicación de la Teoría de la Imprevisión alegando, que las decisiones o medidas que este señor llegue a adoptar, puedan hacer excesivamente oneroso el cumplimiento de las prestaciones de un contrato, e inclusive, que impidan su ejecución.

De ahí la importancia, que las empresas, asistidas de prudencia legal y buen juicio jurídico, analicen previamente las consecuencias y evalúen los riesgos que podrían llegar a afrontar de llegar Petro a la presidencia, lo que hace razonable, que en ejercicio de los principios de Autonomía de la Voluntad y de Libertad Contractual, condicionen la ejecución de algunos contratos que celebren antes de la elección presidencial, al hecho de que Petro no la gane.

Esta condición que se viene incorporando a manera de cláusula en los contratos privados, es plenamente legal y jurídicamente procedente, en razón a que, lo que se busca con ella, es evitar daños derivados de circunstancias adversas, futuras e inciertas, ajenas a la voluntad de los contratantes que malogren el ánimo y la voluntad contractual de ellos, y que puedan causar demoras o incumplimientos de las obligaciones asumidas.

Siendo pública y notoria la regresiva ideología comunista del Petro, sus disparatadas propuestas, sus retardatarias ocurrencias, así como su clara intención de perpetuarse en el poder, es absolutamente predecible y previsible, que, de ganar las elecciones, Colombia entraría en una grave situación de inestabilidad legal e inseguridad jurídica, e inclusive, en posible desconocimiento de derechos fundamentales y de violación de garantías ciudadanas.

No siendo poco lo anterior, derechos fundacionales de la democracia, como son la libertad de conciencia, de culto, de pensamiento, de expresión, de cátedra, de locomoción, de manifestación pacífica y de escogencia de profesión u oficio, podrían verse comprometidos con Petro en el poder, así como la vigencia del derecho a la propiedad, a la libre asociación y a la iniciativa privada.

No sorprende, que los papalotes del desvencijado y ruinoso Socialismo del Siglo XXI sean afectos a secuestrar capitales extranjeros, a restringir el derecho a giro, a declarar la moratoria de la deuda pública, a emitir de manera furtiva o abusiva papel moneda, a expropiar sin previa indemnización y a limitar o prohibir la apertura de establecimientos de comercio al igual que el desarrollo de actividades empresariales, tanto para nacionales como para extranjeros.

Tampoco sorprende, el desprecio de estos anacrónicos populistas, por el principio Pacta Sunt Servanda y con ello, su inclinación a desconocer los tratados, los acuerdos y los convenios suscritos con otras naciones.

Petro, obsecuente seguidor de Chávez, ha demostrado hasta la saciedad, su insuperable ineptitud y torpeza como administrador, su ánimo conspirador contra la democracia y sus instituciones, su cercanía y simpatía con los incorregibles narcoterroristas de las Farc y su utilitarismo extremo para llegar al poder, valiéndose de las necesidades y afanes de los más pobres, y de la inocencia de algunos ingenuos y de muchos desinformados.

El peligro que se cierne sobre Colombia es serio y previsible, y su advertencia no constituye intimidación, amenaza o constreñimiento al elector, como tampoco inducción al voto. Es una invitación, para que se evalúe con serenidad desprovista de prejuicios, odios y pasiones, los riesgos a los que podríamos quedar sometidos los colombianos de ser elegido Petro.

Colofón: Insisto, que no se olvide lo ocurrido en Chile, donde el 55% de los electores no votaron, y hoy con amargura y arrepentimiento se lamentan de no haberlo hecho, y con ello permitieron que un oscuro y perturbado populista sea quien determine el futuro de esa nación.

@RRJARABA

Publicado: febrero 7 de 2022

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*Rafael Rodríguez-Jaraba. Abogado Esp. Mg. Consultor Jurídico. Asesor Corporativo. Litigante. Conjuez. Árbitro Nacional e Internacional. Catedrático Universitario. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

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